En cumplimiento del art. 9º de la Resolución Conjunta nº 001, del 24/11/1999, de ANEEL, ANATEL y ANP, que aprobó el Reglamento Conjunto para la compartición de Infraestructura en los sectores de Energía Eléctrica, Telecomunicaciones y Petróleo, y el art. 20 de la Resolución Normativa N° 1.044, del 27/09/2022, Celeo Redes Brasil S.A. hace público que pone a disposición el exceso de capacidad de su Infraestructura compuesta por cables de fibra óptica no utilizados (art. 7, III, de la Resolución Conjunta N° 001 ) para compartir con agentes del sector Telecomunicaciones, según cuadro descriptivo a continuación:
Ruta: | Extensión del cable: |
Oriximiná – Juruti (PATE) | 138km |
Juruti – Parintins (PATE) | 102 km |
Total: | 240 km |
Cualquier solicitud de participación debe seguir lo dispuesto en el art. 11 y siguientes de la Resolución Conjunta No. 001.
Las solicitudes deben enviarse a la sede de Celeo Redes Brasil S.A., ubicada en Rua do Passeio, nº 38, Setor 2, Sala 1201, Centro, Rio de Janeiro – RJ, CEP: 20.021-290 o enviarse por correo electrónico para compartilhamento.infra@celeogroup.com.
Para obtener más información, los Solicitantes pueden comunicarse con Celeo Redes Brasil S.A directamente a través del correo electrónico: compartilhamento.infra@celeogroup.com.